viernes, 22 de mayo de 2015

Debido al incremento de Tecnologías de la Información a nivel mundial, la sociedad se ha visto en la necesidad de reglamentar ciertas conductas delictivas que atentan contra la integridad de las personas que usan estas tecnologías y estamos hablando de que el delincuente no distingue edad, sexo, raza, cultura, vulnerabilidad, etc.   Es por eso que se debe tomar medidas de precaución para evitar ser victima de los cyberdelincuentes.

Aquí ofrecemos algunas recomendaciones para no ser víctimas de este delito.

Software espías: Son programas que incursionan en el equipo o red de computo sin que se de cuenta el usuario victima, también conocidos como troyanos, o software espías, utilizado para sustraer información valiosa para suplantar al usuario, por ejemplo, de una entidad bancaria
 
 
Estafa en subastas o compras en línea: Se ofrecen productos a través de una tienda online con unas determinadas especificaciones o información falsa.  El comercio de elementos hurtados a través de internet se ha incrementado en los últimos años.
Violación al derecho a la privacidad: A través de las redes sociales, el correo electrónico, los blogs, etc; publican información privada como fotos, datos de ubicación, actividades sociales y laborales, que la victima no ha autorizado publicar.  Esto para hacer bulling o extorsionar a la víctima por parte del delincuente.
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Pornografía infantil en internet: a través de foros, chats, comunidades virtuales, transferencias de archivos, entre otras modalidades, los delincuentes comercializan material pornográfico que involucra menores de edad.
Violación a los derechos de autor: Distribución de contenido audiovisual de manera ilegal, también contenido académico o software con licencia de copy right.
 
 
Piratería en internet: implica la utilización de internet para vender o distribuir programas informáticos protegidos por las leyes de la propiedad intelectual. Aquí encontramos la utilización de tecnología par a par, correo electrónicos; grupos de noticias, chat por relay de internet, orden postal o sitios de subastas, protocolos de transferencia de archivos, etc.
Reglamentación en Colombia
La Ley 1273 de 2009 creó nuevos tipos penales relacionados con delitos informáticos y la protección de la información y de los datos con penas de prisión de hasta 120 meses y multas de hasta 1500 salarios mínimos legales mensuales vigentes[1].

El 5 de enero de 2009, el Congreso de la República de Colombia promulgó la Ley 1273 “Por medio del cual se modifica el Código Penal, se crea un nuevo bien jurídico tutelado – denominado “De la Protección de la información y de los datos”- y se preservan integralmente los sistemas que utilicen las tecnologías de la información y las comunicaciones, entre otras disposiciones”.

Dicha ley tipificó como delitos una serie de conductas relacionadas con el manejo de datos personales, por lo que es de gran importancia que las empresas se blinden jurídicamente para evita incurrir en alguno de estos tipos penales.

No hay que olvidar que los avances tecnológicos y el empleo de los mismos para apropiarse ilícitamente del patrimonio de terceros a través de clonación de tarjetas bancarias, vulneración y alteración de los sistemas de cómputo para recibir servicios y transferencias electrónicas de fondos mediante manipulación de programas y afectación de los cajeros automáticos, entre otras, son conductas cada vez más usuales en todas partes del mundo.

De ahí la importancia de esta ley, que adiciona al Código Penal colombiano el Título VII BIS denominado "De la Protección de la información y de los datos"  que divide en dos capítulos, a saber: “De los atentados contra la confidencialidad, la integridad y la disponibilidad de los datos y de los sistemas informáticos” y “De los atentados informáticos y otras infracciones”.

Aspectos éticos y legales de la seguridad informática

A continuación presentamos un video sobres algunos conceptos generales relacionados con la ética y la legalidad en la informática:

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